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Videovigilancia: multiplica multas por violar la intimidad del ciudadano

Escrito por ideal.es   

· La Agencia Española de Protección de Datos redobla el cuerpo de inspectores para luchar contra la falta de adaptación a la normativa

· Cuatro jienenses denunciaron en 2008 que se había violado su derecho a la intimidad al ser grabados sin su consentimiento

Mínimo, el doble de lo que vale un dispositivo básico si son sancionados por violar el derecho a la intimidad y la propia imagen del ciudadano de a pie al no estar adaptados a la normativa que regula el tratamiento de esta información personal. Y es que cada vez están siendo multados con mayor frecuencia. Expertos juristas en Ley de Protección de Datos (LOPD) auguran un incremento considerable de las multas impuestas por la Agencia Estatal dedicada a velar por este derecho (AEPD) ante el desconocimiento generalizado que existe sobre la obligación de legalizar estos sistemas. Hasta hace poco, la actividad del citado organismo era escasa, casi simbólica. Pero cada año, desde hace tres, ha convocado oposiciones para ampliar el cuerpo de inspectores y ya ha dado resultados. En el último, la Agencia ha incrementado en toda España su actividad sancionadora en un 50%. Y Jaén no es ajena a esta nueva realidad que amenaza con experimentar un crecimiento exponencial en 2009 y que sorprenderá a más de uno sin los deberes hechos.

Sanciones en Jaén

Los datos de las memorias anuales de la AEPD hablan de ello y son explícitos. Aunque 2008 transcurrió sin ningún procedimiento sancionador en la provincia de Jaén. En el siguiente anterior, las cosas cambiaron: fueron cuatro. Esta vocación de crecimiento a la hora de vigilar también va acompañada de una mayor conciencia del ciudadano que reclama la protección de sus datos personales, ya sean en ficheros escritos o en imágenes. Según la citada estadística, la única disponible por el momento según informó a IDEAL la AEPD, en 2008 se contabilizaron cuatro denuncias ciudadanas en Jaén.

En el último año se realizaron en todo el país 1.300 de este tipo de inspecciones a petición popular. El ejercicio de la tutela de derechos ciudadanos vulnerados, al detectar irregularidades la propia agencia, sin especificar si llegó a sanción o no también confirma esta tendencia alcista: de 4 casos a 9 el pasado año en Jaén.

Las comunidades de vecinos y las pequeñas empresas son los colectivos más sensibles a ser denunciados y sancionados en esta nueva etapa. Manuel Mas, letrado responsable del departamento de Tecnologías de la Información que ofrece el gabinete jurídico granadino Agaz Abogados&Consultores, alerta de esta situación.

«La falta de conocimiento de la ley lleva en ocasiones a la falsa creencia de que esto de cumplir con la protección de datos es poner un par de cláusulas aquí y allá e inscribir unos ficheros en 'no-se-qué' registro. Esta misma falta de conocimiento pone en una delicada situación a colectivos, como comunidades de propietarios, establecimientos públicos e incluso ayuntamientos, pues el impresionante crecimiento de instalación de estos sistemas lleva a incumplimientos públicos y notorios de la ley», valora.

En concreto se refiere a la obligación de informar a los ciudadanos susceptibles de ser grabados, primero de que lo están siendo y de la finalidad de ese fichero, después de que existe un registro (archivos de imágenes) ante la Agencia Española de Protección de Datos y, finalmente, dónde pueden ejercerse, en su caso, los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).

Y es que la ley ampara a cualquier persona a exigir que su imagen, protegida por la ley, sea eliminada del disco duro que almacene las grabaciones. Sea por la razón que sea, el ciudadano tiene derecho a exigirlo en cualquier lugar.

Estas situaciones relativas a las exigencias del ciudadano se han dado hasta el momento con cierta frecuencia. Pero crecen a un ritmo imparable. «En dos semanas que lleva en funcionamiento el nuevo servicio de asesoramiento sobre protección de datos y sociedad de la información en Agaz, hemos recibido cinco casos de Pymes que se han encontrado con problemas», recalca el citado experto.

Pero el colectivo más susceptible de acabar sancionado es el compuesto por las comunidades de vecinos. «Muchas recurren a las cámaras para velar por la seguridad de espacios comunes amplios y lo cierto es que ninguna, o casi ninguna, ha dado los pasos para inscribir los ficheros del sistema y completar la adecuación de los mismos a la normativa, cuando es el abecé de la ley vigente», valora Mas.

Las sanciones por no cumplir la normativa a rajatabla pueden oscilar entre los 600 y los 60.000 euros, en función de la gravedad de la infracción.

En el caso de comunidades de vecinos y establecimientos, se está imponiendo el mínimo. «También influye el tamaño de la empresa afectada por el procedimiento sancionador a la hora de imponer la cuantía».

La adaptación a la Ley de Protección de Datos por parte de numerosas empresas e instituciones que manejan una cantidad ingente de información personal -clínicas, despachos de abogados, bancos, etc.- es un campo en el que queda mucho camino por recorrer.

 

 

 

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