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LOPD: sanciones destacadas en mayo

Durante el mes de mayo, la Agencia Española de Protección de Datos resolvió estimar declarar que tanto el Colegio de Notarios de Madrid como el Ministerio de Defensa habían cometido infracciones tipificadas por la normativa de protección de datos. Cabe destacar, que la inspección de la AEPD se realizó a instancia de parte.

El Colegio de Notarios de Madrid, cometió una infracción tipificada como grave, por publicar recursos de alzada de una colegiada de dicha entidad que tras ver menoscabado su derecho al honor y a la intimidad, denunció los hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos, la cual tras inspeccionar y escuchar las alegaciones de las partes implicadas, ha considerado que las acciones llevadas a cabo por el Colegio de Notarios de Madrid deben tipificarse como graves, por cuanto han vulnerado el deber de guardar secreto de datos personales que se contenían en un fichero relativo a infracciones administrativas.
Así mismo, la Agencia Española de Protección de Datos declaró la comisión de una infracción leve al Ministerio de Defensa, por no cumplir con el deber de información, así recogido en el artículo 5 de la LOPD, en la recogida de muestras de orina .

Sanciones a entidades privadas durante el mes de mayo
Durante el mes de mayo se abrieron 8 procedimientos sancionadores a entidades privadas, de los cuales la Agencia Española de Protección e Datos sólo archivó uno, recaudando entre los siete procedimientos restantes un total de 211.303,63 € (más de 35 millones de pesetas).
Cabe destacar, una vez más, que la mayoría de las entidades sancionadas han sido las pertenecientes al sector de las telecomunicaciones y la banca.

Sanciones más destacadas
Nombre de la entidad sancionada. WANADOO
Hechos: Wanadoo remitió al demandante un Kit ADSL junto con una carta de comunicación del alta de sus datos en el fichero de morosos de ASNEF EQUIFAX, por falta de pago de dichos servicios, por lo que el demandante tras varios intentos de solucionar la problemática exponiendo a la compañía la inexistencia de la contratación de dicho producto, presentó demanda ante la Agencia Española de Protección de Datos con fecha 13 de octubre de 2003, resolviendo el pasado mes de mayo la AEPD dicho procedimiento sancionador, imponiendo una sanción grave por no mantener actualizados los datos personales.
Sanción: Multa de 60.101,21 € por vulneración del principio de calidad, al emitir indebidamente tres facturas sin justificar la contratación.

Nombre de la entidad sancionada. WISEMANN KLEIN.
Hechos: El demandante, una empresa del sector de la electricidad, denunció a la entidad WISSEMANN KLEIN, por la remisión de un único fax donde se ofertaban servicios de venta directa de ésta, sin el previo consentimiento de la denunciante.
Sanción: Multa de 1000 € por el envío de comunicaciones no solicitadas de venta directa a los abonados de un servicio de telecomunicaciones.

 

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