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La LOPD y los centros de enseñanza

El pasado día 25 de enero la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) presentó un informe con los resultados del “plan sectorial de oficio a la enseñanza reglada no universitaria”, esto es, un estudio del cumplimiento de la LOPD por parte de los centros de enseñanza públicos, privados y concertados de todas las comunidades autónomas.Tomando una muestra de 60 centros, las principales deficiencias detectadas han sido las siguientes:

-Incumplimiento del deber de información.
-Recopilación de datos innecesarios.
-Datos excesivos y carencia de procedimientos de cancelación.
-Importantes carencias en medidas de seguridad.
-Utilización de datos especialmente protegidos sin consentimiento expreso.
-Incumplimiento del deber de inscripción de ficheros.
-Cesiones de datos sin consentimiento.


De la lectura del documento, sólo nos cabe hacer una reflexión: Si ni los propios centros de enseñanza públicos (gestionados por la Administración Pública, ¿no?) son capaces de cumplir con la normativa, que legitimidad tiene la AEPD (Administración Pública por ende) para incoar procedimientos administrativos sancionadores a aquéllos que incumplen con la normativa.

Es evidente, otra vez más, que la actual legislación en materia de protección de datos es prácticamente utópica e imposible de cumplir al cien por cien, ya que ni la propia Administración es capaz de controlar que sus órganos cumplan con ella.

Descargar documento "Recomendaciones LOPD centros de enseñanza" de la AEPD.

 

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