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El Parlamento Europeo aprueba la directiva sobre protección de datos

La nueva ley supondrá que los datos correspondientes a transmisiones electrónicas (llamadas telefónicas, comunicaciones a través de Internet, envío de faxes,etc.) tendrán que ser archivados durante un periodo de tiempo que varía entre los seis y los veinticuatro meses.

Los datos que se guardarán permitirán identificar al destinatario de la comunicación y al remitente, pero no el contenido de dicha comunicación, que continuará sujeto a decisión judicial. Así, por ejemplo, de una llamada telefónica de móvil a móvil se deberán archivar los números de la persona que llama y de la que recibe la llamada, los nombres y direcciones postales de los usuarios que intervengan en la comunicación, la fecha y hora de la comunicación, además de datos como la fecha de activación de las tarjetas prepago y la localización geográfica de ambos usuarios, posible gracias a los estándares utilizados en telefonía móvil. No obstante, y como hemos referido antes, el contenido de la conversación sólo podrá ser registrado y guardado con autorización judicial. Las llamadas perdidas o no respondidas también serán archivadas.
El motivo esgrimido para la aprobación de esta directiva ha sido la lucha antiterrorista, suponemos que basándose en el hecho que tanto los atentados de Madrid como los más recientes de Londres fueron perpetrados de forma coordinada a través de teléfonos móviles, y a que se admite que la principal vía de comunicación entre cédulas terroristas es Internet.

La polémica no se ha hecho esperar y se supone que irá en aumento durante las próximas semanas; grupos como EDRI (European Digital Rights) se han mostrado asombrados y decepcionados, después de luchar durante casi cinco años contra la implantación de una directiva de retención de datos en el viejo continente y ver como ahora esta era aprobada por una mayoría del Parlamento. Durante los próximos días es probable que veamos una cadena de reacciones por parte de organizaciones de derechos civiles europeas en primer lugar e internacionales después.

Otro aspecto polémico afecta a las operadoras, ya sean de telefonía (fija y móvil) o ISP’s: la directiva no especifica quien deberá hacerse cargo del coste económico del almacenamiento de los datos, tarea para la cual va a ser necesario hardware, software y personal. En este caso, lo más probable (y al tratarse de una directiva europea a la que pueden superponerse leyes de los estados miembro que modifiquen su aplicación a la práctica) es que sean las operadoras las que carguen con la factura, obligadas por ley.

Anteriormente el Parlamento Europeo había rechazado en Septiembre una propuesta sobre el mismo tema, por considerar que atentaba contra la privacidad y con ciertas dudas de que pudiera ser llevada a la práctica. En esta ocasión, el principal impulsor de la medida ha sido Reino Unido, que ha logrado reunir el máximo consenso.

 

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