Agentes de Tráfico denuncian la cesión de sus datos |
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Varios de los doce agentes de la Guardia Civil de Tráfico a los que han abierto expedientes de posible retirada del carné de conducir civil por estar de baja psicológica han denunciado de forma individual su caso ante la Agencia de Protección de Datos por considerar que los servicios médicos del Cuerpo no pueden ceder sus datos sanitarios sin su consentimiento a la agrupación de la Benemérita en la que están destinados. El escrito va dirigido “contra todos los órganos de la Dirección General de la Guardia Civil o del Ministerio de Defensa que resulten responsables de las infracciones que se denuncian”. A finales de junio y tal y como informó El Periódico, la Jefatura Provincial de Tráfico recibió información de manos de superiores de la unidad acerca del estado en el que se encuentran estos efectivos. Y remitió a los agentes una notificación en la que se deja constancia de la apertura del procedimiento y se les obliga a someterse a un nuevo reconocimiento médico en un centro del Gobierno de Aragón en el plazo de dos meses para que se certifique cómo se encuentran y si están en condiciones de usar vehículos a motor. Una medida que fue entendida por algunos de los guardias civiles como “una campaña de acoso y presión” para obligarles a darse de alta. Sin embargo, la Jefatura de Tráfico argumentaba su decisión de iniciar el “procedimiento de declaración de pérdida de vigencia” del carné con la idea de que se aprecia “que han perdido el requisito de reunir las aptitudes psicofísicas requeridas”. La tramitación de los expedientes ha seguido adelante después de que la Jefatura rechazara las alegaciones de los agentes, que se han visto obligados a recurrir a la Agencia de Protección de Datos. En la denuncia, los agentes critican que ellos, en su condición de guardias, “únicamente han dado traslado del tipo de enfermedad que supone su incapacidad temporal a los servicios médicos del Cuerpo, pero nunca a la Agrupación de Tráfico, por ser los datos médicos de carácter personal y reservado”. A su juicio, para ser ajustado a derecho el acto de incoación del procedimiento, la Jefatura Provincial de Tráfico “ha debido recabar informes médicos o asesoramientos sobre la pérdida de aptitud del dicente o llevar a cabo las oportunas pruebas”. “El denunciante no tiene nada que alegar respecto al hecho de que la Guardia Civil informe a la Jefatura Provincial de Tráfico sobre una posible pérdida de condiciones para la conducción de vehículos, pero facilitar toda la información sobre los datos de su enfermedad vulnera la Ley 15/1999″, destaca el escrito. La Ley de Protección de Datos (LOPD) determina que “los datos de carácter personal sobre la salud sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente”. |
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