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La Agencia Española de Protección de Datos sanciona a Telefónica Móviles por infracción muy grave al ceder datos de sus clientes.
Son innumerables las ocasiones en las que usuarios de servicios de telefonía móvil ven vulnerados los derechos que les asisten para la protección de sus datos personales, desarrollando las compañías suministradoras del servicio actitudes y comportamientos muy alejados de lo que debe ser una empresa moderna, eficaz y diligente.
Como se suele decir, 'para muestra, vale un botón', por lo que traemos a colación la Resolución R/02353/2009, de la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS (AEPD), por la que se impone a TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A. (TELEFÓNICA MÓVILES) la sanción de 400.000 €, por infracción muy grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) 1.
El procedimiento sancionador, que ha terminado con dicha resolución, se inició a raíz de la denuncia de 38 personas a las que se les reclamaba una presunta deuda nacida con TELEFÓNICA MÓVILES, siendo el protagonista de dicha reclamación una empresa suiza, AKTIV CAPITAL PORTFOLIO INVESTMENTS, A.G. (AKTIV), que alegaba la adquisición, mediante cesión, de los presuntos créditos que la compañía de telefonía tenía frente a esos particulares, desarrollando la gestión de cobro en España otra empresa, como representante legal de la suiza, denominada TREYM CONSULTING Y SERVICIOS A EMPRESAS, S.L.
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