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La gestión documental: una necesidad no percibida

Escrito por Jordi Riera   
La Gestión Documental se ha convertido en los últimos años en una ventaja competitiva que aún no ha sido percibida por muchas empresas.

Existe un gran número de empresas que desconocen las ventajas que una solución de gestión documental les puede brindar. En los entornos de trabajo un gran porcentaje de la información que se trata se hace a través de documentos, es por ello que es esencial una correcta gestión de la documentación, y para llevar a cabo este proceso no se puede prescindir de los sistemas de información.

La gestión documental no solo consiste en la implantación de herramientas para la producción de documentos electrónicos, la necesidad yace en la gestión de dichos documentos y de los flujos de trabajo.
 

La Ley Oficial de Protección de Datos de Carácter Personal en el sector asegurador

Escrito por Boletín Informativo del Colegio de Mediadores   
A pesar de su existencia desde el año 1999, y habiendo finalizado el pasado año todos los plazos previstos para su aplicación, la Ley, más conocida por LOPD, sigue siendo todavía una asignatura pendiente para la mayoría de mediadores de seguros, sean agentes, corredores, empresas o profesionales autónomos.

Éste hecho parece una gran contradicción para los profesionales de este tema cuando uno comprueba que la legislación española sobre protección de datos es una de las más exigentes a nivel europeo y la que estipula las mayores sanciones de toda Europa pudiendo llegar hasta los 600.000 euros.

La no adecuación a la legislación nos expone a un riesgo que en caso de sanciones podría no ser asumible y obligarnos al cierre del negocio. Este hecho tiene especial relevancia cuando nos referimos al sector asegurador y en particular a los mediadores, puesto que estos poseen gran número de datos de carácter personal y especialmente datos sobre la salud de los tomadores y asegurados, que están clasificados por la Agencia de Protección de Datos como de nivel de seguridad alto.
 

La LOPD en la comunicación de datos a la policía local

Escrito por Marcel Furment   
El propósito del presente escrito no es otro que sacar a la luz nuestras conclusiones y consideraciones en relación a problemática que ha surgido a raíz de la interpretación más o menos estricta de la ley de protección de datos de carácter personal. El tema es el siguiente: ¿Qué hacer si la policía local nos pide datos de un tercero?. La casuística concreta nos lleva a comentar un aspecto más extenso de la interpretación de la ley: comunicar los datos de un tercero sin su consentimiento en un procedimiento sancionador o administrativo.

Aunque tratemos de forma indistinta procedimiento sancionador y procedimiento administrativo, queremos enfatizar que dichos actos no significan lo mismo, ya que el procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin y el procedimiento sancionador es el que utilizan las administraciones públicas para ejercer su potestad sancionadora. Éste último prevé dos fases: la instructora y la sancionadora. Por tanto, un procedimiento sancionador será un tipo de procedimiento administrativo. Para el caso objeto de estudio trataremos los casos en que se realiza un procedimiento administrativo común y la fase instructora del procedimiento sancionador.

Para el caso en concreto, debemos consultar en primer lugar la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), concretamente en sus artículos 11 y 22.
 

La nueva Ley de Protección de Datos no causará altos costes de seguridad para las empresas, según el director de la AEPD

Escrito por Europa Press   
El director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), José Luis Piñar, afirmó hoy que el coste de las medidas de seguridad en materia de protección de ficheros y almacenamiento de datos de tráfico que las empresas deberán aplicar con el nuevo reglamento “no será muy alto”. Piñar subrayó la urgencia de concluir el reglamento correspondiente a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) con el fin de terminar con la “inseguridad jurídica” que se produce al aplicar normas de la anterior legislación.

José Luis Piñar participó hoy en el debate sobre el Nuevo Reglamento sobre protección de datos personales, celebrado en la sede en Madrid del Consejo General de la Abogacía.
 

La Organización de Consumidores y Usuarios Vasca ha denunciado al BSCH ante la Agencia de Protección de Datos

Escrito por Portaley.com   
En Agosto de 2002, la academia de idiomas Opening cerró sus puertas dejando a casi 60.000 estudiantes sin clases y con contratos de financiación con diversas entidades pendientes de pago.

Algunas entidades bancarias consideraron oportuno seguir reclamando y cobrando los pagos a pesar de lo ocurrido. No obstante, una sentencia judicial declaró resueltos dichos contratos de financiación, por lo que los alumnos victimas de este cierre no tenían que hacer frente a los mismos.
 
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